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Acceso a documentos

Introducción

Conceder acceso a los documentos es un elemento esencial de la política de rendición de cuentas y transparencia del BCE. Nuestro objetivo es trabajar con la máxima apertura posible frente a los ciudadanos de Europa y, al mismo tiempo, respetar la necesidad de proteger la confidencialidad de aspectos inherentes a la forma en la que el BCE desempeña sus funciones. En el Plan de archivo y retención del BCE se presenta una lista de los documentos del BCE y se indica durante cuánto tiempo se conservan. 

El acceso a los documentos del BCE está regulado en la Decisión BCE/2004/3, de 4 de marzo de 2004 (en su versión modificada)

En consonancia con el compromiso del BCE con los principios de apertura y transparencia, y para facilitar las actividades de investigación, hemos creado un Registro Público de Documentos del BCE.

Solicitud

Si un documento no está disponible en nuestro Registro Público de Documentos o en nuestros Archivos (ver más abajo), puede solicitarse acceso a los documentos enviando un mensaje de correo electrónico o una carta, en cualquiera de las lenguas oficiales de la Unión Europea, a:


Solicitudes de acceso público

Solicitudes dirigidas al Archivo del BCE

accesstodocuments@ecb.europa.eu

European Central Bank
Compliance and Governance Office
Sonnemannstrasse 22
60314 Frankfurt am Main
Alemania

ECB archives

European Central Bank
Information Governance Division
Sonnemannstrasse 22
60314 Frankfurt am Main
Alemania

Procesamiento

Las solicitudes de acceso a documentos se tramitan con prontitud. El BCE acusará recibo de la solicitud y en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de registro concederá o denegará el acceso a los documentos y expondrá los motivos de su decisión.

Si la solicitud se refiere a gran número de documentos o es compleja, el plazo establecido para tramitar la solicitud podrá prorrogarse otros 20 días hábiles.

En caso de denegación total o parcial, el solicitante podrá presentar, en el plazo de 20 días hábiles desde la recepción de la respuesta del BCE, una solicitud confirmatoria con el fin de que el Comité Ejecutivo del BCE revise la posición inicial de este.

Si el Comité Ejecutivo deniega el acceso, el solicitante podrá presentar un recurso ante el Tribunal General con arreglo a las condiciones especificadas en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) o una reclamación al Defensor del Pueblo Europeo, de conformidad con los artículos 263 y 228 del TFUE, respectivamente.

Hacer clic aquí para una visión general de los principales temas de interés en las solicitudes de acceso público presentadas al BCE.

Hacer clic aquí para obtener una visión general de la política de divulgación de información del BCE a lo largo de los años.

Registro público de documentos

El Registro Público de Documentos incluye documentos que ya han sido divulgados por el BCE y documentos divulgados en respuesta a solicitudes de acceso público.

Archivo

Los documentos de más de 30 años de antigüedad o relativos a los predecesores del BCE (el Comité para el Estudio de la Unión Económica y Monetaria, el Comité de Gobernadores de los Bancos Centrales de los Estados miembros de la Comunidad Económica Europea, el Fondo Europeo de Cooperación Monetaria y el Instituto Monetario Europeo) que han sido desclasificados a «ECB-Public» de conformidad con la Decisión BCE/2023/17, de 28 de julio de 2023, pueden consultarse en la Sección Archivos.

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